La Unión Europea (UE) aprobó el Reglamento sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR) que busca reducir el riesgo de que productos y cadenas de suministro asociados con la deforestación y degradación forestal ingresen o salgan del mercado de la UE. A partir del 30 de diciembre de 2024 se impuso obligaciones clave a las grandes empresas, y a partir de junio de 2025 a las pequeñas y medianas empresas. El reglamento abarca siete productos que incluye el café y cacao, y sus derivados. Los operadores y comerciantes deberán demostrar que los productos comerciados en la UE están libres de deforestación; es decir, que han sido producidos en parcelas no deforestadas después del 31 de diciembre de 2020 y que cumplen con toda la normatividad pertinente del país de producción. La implementación del EUDR implica la diligencia debida obligatoria, con una trazabilidad rigurosa para los productos básicos y sus derivados. Además de la información sobre el producto y la cadena de custodia se requiere que
los operadores cuenten con la siguiente información:
A. Geolocalización de todas las parcelas de donde provienen los productos importados.
B. Evidencia de que el café y el cacao son libres de deforestación; es decir, que no fueron producidos en tierras deforestadas después del 31 de diciembre de 2020.
C. Pruebas de que el café y cacao fueron producidos de acuerdo con las leyes del país productor.
https://www.ams.usda.gov/services/organic-certification/international-trade/european-union
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